2018

Inconstitucional proyecto de ley en la provincia de Tucumán

El 31 de Julio de 2018, denunciamos la inconstitucionalidad de un proyecto presentado en la legislatura de Tucumán, que pretendía declara a esa Provincia como “Pro Vida”.-

INCONSTITUCIONAL PROYECTO DE LEY EN LA PROVINCIA DE TUCUMÁN
Dos integrantes de la legislatura de la provincia de Tucumán presentaron un proyecto de ley para que dicha provincia sea declarada "Provincia Provida" y para que se considere como política de estado "la defensa de la vida desde la concepción en el vientre materno hasta su muerte natural".
Dicho proyecto es claramente inconstitucional. En primer lugar, no es nada claro si su intención es meramente una expresión de la opinión institucional de la legislatura o si se trata de una ley que tendrá consecuencias normativas.

En el primer caso, la forma de ley es incorrecta, pues la legislatura debería emitir una declaración.

En el segundo, la ley a sancionarse resultaría inconstitucional por las siguientes razones. Para comenzar, siempre se aceptó de modo pacífico que regular jurídicamente el inicio de la personalidad es una atribución exclusiva del Congreso de la Nación (art. 75, inc. 12 CN). No fue sino hasta ahora que escuchamos propuestas que inventan una versión de federalismo que no es la de nuestra Constitución con el único fin de obstaculizar la adopción de políticas progresivas por parte del Congreso Nacional.

Luego, ocurre que la autonomía de las provincias significa, en lo que aquí interesa, que, dentro de sus competencias, ellas se dan sus propias instituciones "sin interferencia del gobierno federal". Pero, correlativamente, deben abstenerse de interferir con el ejercicio de las atribuciones exclusivas del gobierno federal. El proyecto tucumano, presentado en el contexto del debate sobre la IVE en el Congreso, es una abierta interferencia en el procedimiento de formación y sanción de una ley nacional.

Finalmente, aun en la hipótesis de que las dos objeciones anteriores fueran salvadas, si se aprobaran tanto el proyecto de ley de IVE como el de la ley tucumana, ésta resultaría inconstitucional por tener una repugnancia efectiva con los fines perseguidos por la normativa nacional (art. 31 CN; doctrina de los precedentes "Griet" y "Botto" de la Corte Suprema, entre otros).

Por lo tanto, invitamos a los legisladores provinciales y a la sociedad tucumana toda a rechazar enérgicamente la aprobación de ese proyecto.

©2023 ILEC Argentina. Todos los derechos reservados.

Search

Certificados SSL Argentina